A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Diaz Garcia Leopoldo·Respondent Administradora Colombianande Pensiones Colpensiones Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La causa de la controversia se origina en proceso ordinario laboral promovido por un ciudadano, en contra de Colfondos S.A, Porvenir S.A y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), por la cual solicita se declare la ineficacia o nulidad de la afiliación realizada al Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS) administrado por Colfondos S.A y Porvenir S.A, y que se establezca que tiene derecho a ingresar al Régimen de Prima Media (RPM).
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en reiteración del Auto 784 de 2021, determina que, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social es la competente para conocer las controversias sobre nulidad o ineficacia de afiliaciones al RAIS.
Ello porque el régimen de seguridad social en pensiones es administrado por una persona jurídica de derecho privado y, en esa medida, no se cumple con uno de los requisitos establecidos por el numeral 4° del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia, y comunique esta decisión al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín y a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Medellín conocer el proceso ordinario promovido por Leopoldo Díaz García en contra de Colfondos S.A, Porvenir S.A y Colpensiones.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-4856 al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia, y comunique esta decisión al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.